Aprobado el segundo plazo para solicitar Ayudas a la instalación de Ascensores y Salvaescaleras en Madrid 2019, el Ayuntamiento de Madrid sigue con el Plan MAD-RE (Madrid Recupera), con el que se busca impulsar la regeneración de la ciudad.
Convocatoria de subvenciones 2019 para la mejora de la accesibilidad en Madrid
En concreto en este plan se busca facilitar la realización de obras con tres objetivos; Mejorar la accesibilidad, reducir el consumo energético y realizar obras de conservación.
Este plan de ayudas que arrancó en 2016, cuenta con un importe total destinado de 16 millones de euros, repartidos en 8 millones para este año 2016, 6 millones para el 2017 y 2 millones para el 2018.
Para el periodo que se inicia en el 2019 y que durará hasta el 2021, se ha previsto una cuantía total de la convocatoria que asciende hasta 50 Millones de euros distribuidos en dicho periodo.
Ayudas a la instalación de Ascensores y Salvaescaleras en Madrid 2019
Dentro del área de accesibilidad se consideran subvencionables, entre otros, las actuaciones que se lleven a cabo en los elementos comunes de los edificios con el objeto de:
- La instalación de ascensores, incluyendo las obras que se justifiquen como indispensables para ello.
- La instalación de otros dispositivos de mejora de la accesibilidad como salvaescaleras en Madrid o elevadores verticales, así como la realización de otras medidas con el mismo fin.
- La instalación de elementos que permitan la accesibilidad a las zonas comunes del edificio, tales como jardines o zonas deportivas y de recreo.
Ámbito de la convocatoria
Para las solicitudes de subvención destinadas a las actuaciones de mejora de la accesibilidad, el ámbito de aplicación será en todo el término municipal de Madrid.
Personas Beneficiarías
Podrán beneficiarse de estas ayudas, en caso de cumplir con los requisitos:
- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
- Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
- Los propietarios únicos de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar
Lugar de presentación de la solicitud de Ayudas
La solicitud de subvención de las Ayudas para la instalación de Ascensores y Salvaescaleras en Madrid, junto con los Anexos y documentación exigida, podrá presentarse:
- Electrónicamente, para ello será necesario acceder a la sede electrónica del ayuntamiento de Madrid. Siendo condición indispensable utilizar los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
- Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento del Madrid, o mediante las formas descritas en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015.
Además es posible solicitar cita previa, en los casos que haya expediente abierto, llamando al 915 298 210, utilizando el servicio online de cita previa en Subvenciones Rehabilitación Edificatoria o presencialmente en las Oficinas de Atención Ciudadana.
- Utilizando el registro electrónico.
Plazos de presentación de las subvenciones
Los plazos de presentación de las solicitudes serán:
- El primer plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria comprenderá el periodo temporal que se inició el 31 de octubre de 2018 y finalizó el pasado día 30 de enero de 2019
- El segundo plazo para presentación comprenderá el periodo desde el 2 de septiembre de 2019 y finalizará el próximo el 14 de 29 de Noviembre de 2019.
Es importante indicar que las solicitudes de Ayudas a la instalación de Ascensores y Salvaescaleras en Madrid 2019 presentadas fuera del plazo previsto en la convocatoria no serán admitidas a trámite, por otra parte, la entrada de varias solicitudes de subvenciones en un mismo edificio dentro de los diferentes plazos de presentación que establece esta convocatoria comporta la inadmisión de la solicitud.
Notificación de la respuesta
El plazo máximo de resolución y notificación de las ayudas para la instalación de Ascensores y Salvaescaleras en Madrid será de tres meses contados desde el día siguiente a la finalización de este plazo de presentación de solicitudes.
Más Información sobre las subvenciones previstas para la instalación de salvaescaleras en Madrid
Podéis encontrar más información acerca de las Ayudas para la instalación de Ascensores y Salvaescaleras en Madrid las bases completas y los formularios de solicitud en este enlace del consistorio www.madrid.es
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