Ayudas para la mejora de la accesibilidad

El Consorcio de la vivienda ha anunciado la apertura de ayudas para la mejora de la accesibilidad en los municipios del Área Metropolitana de Barcelona dentro del programa de subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas de uso privado.

El objetivo de esta convocatoria de subvenciones es impulsar la actividad económica en el sector de la construcción manteniendo en buen estado el parque de edificios del área metropolitana de Barcelona para mejorar la salud y la calidad de vida de las personas.

Para ello se han previsto cuatro áreas de actuación:

  • Conservación
  • Mejora de la calidad y de la sostenibilidad
  • Mejora de la accesibilidad
  • Habitabilidad: Interior de la vivienda

 

Ayudas para la mejora de la accesibilidad, instalación de Ascensores y Salvaescaleras

Dentro del área de accesibilidad se consideran, actuaciones subvencionables, aquellas que adecuen los edificios y los accesos a las viviendas y locales a la normativa vigente.

Entre otras podemos encontrar las siguientes:

  • La instalación de ascensores y la eliminación de barreras arquitectónicas mediante elementos como salvaescaleras, elevadores verticales, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente.
  • La instalación o dotación de productos de apoyo como grúas, elevadores, salvaescaleras o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.
Ayudas para la mejora de la accesibilidad

Plataforma Salvaescaleras en Edificio de Viviendas

Para el cálculo de las ayudas para la mejora de la accesibilidad y en concreto la instalación de Ascensores y Salvaescaleras, se incluyen, las obras necesarias para su instalación, los honorarios facultativos, el coste de la redacción de proyectos, los informes técnicos y certificados, los gastos de tramitación administrativa y otros gastos generales similares, siempre que estén debidamente justificados.

No quedarán incluidos en el cálculo las tasas o tributos ni los impuestos.

Los edificios residenciales que soliciten ayudas para actuaciones de mejora de la accesibilidad, tienen que tener como mínimo, 8 viviendas.

Excepcionalmente pueden solicitarlas los edificios con menos vecinos en el caso de que se lleven a cabo simultáneamente obras de conservación o que habiten personas mayores de 65 años o con discapacidad.

 

Ámbito de la convocatoria

El ámbito de aplicación de la convocatoria de ayudas para la mejora de la accesibilidad, incluye todos los edificios de uso residencial y viviendas privadas del área metropolitana de Barcelona, excepto el municipio de Barcelona donde ya se están aplicando.

Los municipios que conforman el Área Metropolitana de Barcelona son los siguientes:

Badalona , Badia del Vallès, Barberà del Vallès, Begues, Castellbisbal, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cervelló, Corbera de Llobregat, Cornellà de Llobregat, El Papiol, El Prat de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavà, L’Hospitalet de Llobregat, La Palma de Cervelló, Molins de Rei, Montcada i Reixac, Montgat, Pallejà, Ripollet, Sant Adrià de Besòs, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Climent de Llobregat, Sant Cugat del Vallès, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Vicenç dels Horts, Santa Coloma de Cervelló, Santa Coloma de Gramenet, Tiana, Torrelles de Llobregat y Viladecans.

 

Plazo para presentar las solicitudes

El primer paso para acceder a la convocatoria de ayudas es solicitar el Informe de Idoneidad a una de las entidades colaboradoras del Consorcio de la vivienda, lo que es posible a partir del día 6 de octubre 2016 hasta el día 31 de enero del 2017

Una vez obtenido el informe, el plazo de presentación de la solicitud de las ayudas será desde el 6 de octubre 2016 hasta el día 31 de marzo del 2017.

Es importante indicar que es posible el cierre de las admisiones de las solicitudes si se agota la partida presupuestaria destinada.

 

¿Cuál es el importe de las ayudas?

Los porcentajes subvencionables varían entre el 35% y el 50% del coste de las obras, según el tipo de actuación. En el caso de Actuaciones de accesibilidad como la instalación de Ascensores, Salvaescaleras u otros Elevadores la cuantía subvencionable máxima es del 50 %.  

 

Más Información sobre la convocatoria de ayudas

Pueden ver la convocatoria completa, las bases reguladoras y descargar los impresos necesarios en Consorcio Metropolitano de la Vivienda

También puedes obtener más información en la Oficina Local de la Vivienda de tu municipio o en el ayuntamiento de tu localidad.

 

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