La pensión no contributiva por discapacidad es sin duda alguna una de las prestaciones a las que tienen derecho las personas con invalidez que cumplan con los requisitos exigidos.
En muchos casos, la pensión contributiva supone el único ingreso de muchas personas con discapacidad, por lo que supone una protección frente a posibles situaciones de necesidad o de carecer de recursos suficientes, aunque no se haya cotizado nunca o no se alcance el tiempo mínimo exigido en el sistema de la seguridad social para conseguir una prestación a nivel contributivo.
¿Qué es la pensión no contributiva por discapacidad?
La pensión no contributiva por discapacidad es una prestación económica periódica gestionada por los diferentes organismos competentes en cada una de las comunidades autónomas y que tienen como objetivo proteger a personas con discapacidad que no tengan recursos suficientes y no puedan acogerse al sistemas contributivo.
El importe de esta ayuda se distribuye en 14 pagas al año y su importe puede variar en función de diferentes aspectos, como pueden ser, el grado de discapacidad o la necesidad de la ayuda de otra persona en los actos más esenciales de la vida cotidiana, entre otros.
Aunque también se trata de una pensión no contributiva, no hay que confundir la pensión de jubilación con la pensión no contributiva por invalidez, ya que disponen de normativas y requisitos diferentes.
¿Quién tiene derecho a disfrutar de ella?
Para poder ser beneficiario de una Pensión no contributiva por invalidez, es necesario:
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Ser mayor de 18 años y menor de 65 años a fecha de la solicitud.
- Tener la nacionalidad Española o residencia legal en España, además deberá residir en territorio español y dentro de ello, durante un periodo mínimo de cinco años, de los que dos deben ser consecutivos y justo anteriores a la fecha de solicitar la prestación.
- No tener ingresos suficientes se entiende, en el cómputo anual para el 2019, aquellos que sean inferiores a 5488 €., no obstante existen variables si se convive con familiares y en función del parentesco de los mismos, los cuales vienen detallados en las normativas y requisitos del IMSERSO, para el baremo económico de este tipo de prestación.
¿Cómo se solicita?
Como ya hemos avanzado esta prestación por discapacidad es gestionada por los diferentes órganos competentes de cada una de las Comunidades Autónomas y las direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Este tipo de prestación debe realizarse de manera presencial, no existiendo ningún tipo de convocatoria y pudiéndose presentar en cualquier momento.
Para iniciar los trámites, es necesario presentar una serie de documentación, donde podemos encontrar aspectos como por ejemplo, acreditación de residencia en España o permiso de residencia vigente, certificado de incapacidad mediante presentación de sentencia de incapacitación o documentación relativa a las personas que conviven con el solicitante, entre otros.
Una vez que ya se han realizado todos los trámites necesarios, la administración tendrá un plazo máximo de 90 días para notificar su resolución, si este plazo ha expirado sin recibir ninguna notificación al respecto, se entenderá que se ha desestimado la solicitud por silencio administrativo.
Además también se podrá efectuar recurso contra la resolución en un plazo no superior a 30 días hábiles a partir del día de recepción de la notificación o expiración del plazo de 90 días sin recibir respuesta.
Por último, un punto a tener en cuenta es que no existen tasas asociadas para proceder a la solicitud por pensión no contributiva.
Obtén hasta 3 presupuestos de diferentes empresas especializadas en cualquier tipo de Salvaescaleras o Elevadores Verticales y compara, 100 % Gratis y Sin Compromiso