Inspección técnica de ascensores, ¿En que consiste?, ¿Qué dice la normativa vigente sobre las inspecciones de ascensores?, ¿Existen diferencias entre inspecciones de Ascensores en viviendas unifamiliares y de comunidades?
Si consideramos a los ascensores como un medio de transporte, tenemos que se trata de uno de los más seguros actualmente, para que esto sea así influyen muchos factores, pero sin duda uno de los más importantes es que todos este tipo de ascensores deben cumplir una serie de normativas que afectan tanto a su diseño, fabricación, instalación así como a su posterior conservación y mantenimiento.
En anteriores artículos hemos abordado las particularidades del mantenimiento de un ascensor, pero es importante tener en cuenta que además de las visitas periódicas obligatorias que debe efectuar la empresa encargada del elevador para conservar y mantener el ascensor en perfecto estado de funcionamiento, también es obligatorio, que se realicen inspecciones técnicas por parte de organismos de control de acuerdo con el Real Decreto 2200/1995, lo que podríamos decir que sería el equivalente a la ITV de los vehículos, aplicado a los ascensores.
Pero, ¿que tipo de elevadores están obligados a pasar este tipo de inspecciones técnicas?:
Pues bien, todo aparato de elevación que esté instalado de forma permanente en edificios o construcciones que sirva niveles definidos, con un habitáculo que se desplace con la ayuda de guías rígidas y cuya inclinación sea superior a 15 grados y que esté destinado al transporte de personas, personas y objetos o solamente objetos, si el habitáculo es accesible, es decir si una persona puede acceder a él sin dificultad, y si está provisto de elementos de accionamiento dentro del habitáculo o al alcance de una persona situada dentro del mismo, está obligado pasar este tipo de inspecciones.
Aun cumpliendo el punto anterior, existen una serie de elevadores que están exentos de realizar este tipo de inspecciones, entre los que destacan entre otros:
- Salvaescaleras, tanto sillas como plataformas que discurran a lo largo de una escalera o rampa.
- Elevadores verticales que sirvan una distancia menor de dos plantas de un edificio.
- Escaleras mecánicas y andenes móviles.
Inspección técnica de ascensores
¿Cuándo se realizan las inspecciones técnicas de los ascensores?
Las inspecciones técnicas de ascensores se deben realizar a partir de la puesta en marcha del ascensor con el fin de comprobar que los mismos se mantienen en correcto estado de conservación y con las debidas condiciones de seguridad.
¿Quién es la entidad encargada de realizar estas inspecciones?
Este tipo de inspecciones no las realiza la empresa contratada para el mantenimiento, si no que los ascensores son inspeccionados por organismos de control independientes debidamente autorizados para ello.
¿Qué tipo de inspecciones existen?
Principalmente nos encontramos que existen dos tipos, por un lado, están las inspecciones periódicas y por otro las que se generan a raíz de un accidente con daños a las personas o los bienes y, cuando así lo determine el órgano competente de la comunidad autónoma.
¿Qué normativa se aplica?
En estas inspecciones se toman como base la reglamentación en el momento de la instalación del aparato elevador además de las posteriores que les fueran exigibles.
¿Qué pasa tras la realización de la inspección del ascensor?
Tras la visita de inspección, el organismo de control redacta informe el cual puede ser favorable, en caso de defectos leves a subsanar antes de la siguiente inspección, o no favorable, en caso de encontrarse defectos graves o muy graves.
Si los defectos son graves, se dispondrá de un máximo de seis meses para la reparación del ascensor o su corrección, tras lo que se efectuará otra visita de inspección, si el defecto es muy grave, la empresa conservadora, a instancias del organismo de control, deberá dejar el ascensor fuera de servicio hasta la subsanación del defecto, tras lo que se volverá a realizar visita de inspección.
Inspección de ascensores unifamiliares
¿Cada cuánto tiempo hay que realizar las inspecciones en ascensores unifamiliares?
La normativa indica que los ascensores instalados en viviendas unifamiliares deben realizar una inspección programada cada seis años, siendo responsabilidad del titular solicitar a su debido tiempo la realización de la misma, facilitando el acceso y teniendo a disposición del organismo de control el certificado de la última inspección.
¿Qué tipo de ascensores son los tienen que realizar esta inspección?
En este caso, están incluidos tanto los ascensores de velocidad superior a 0,15 m/seg, como los ascensores de velocidad reducida (No superior a 0,15 m/seg), instalados en viviendas particulares o unifamiliares.
Inspección de ascensores en comunidades
¿Con que periodicidad tienen que pasar las inspecciones los ascensores en las comunidades de vecinos?
En el caso de los ascensores instalados en edificios de viviendas, la periodicidad de las inspecciones técnicas pueden variar en función del número de viviendas y del número de plantas de altura que tengan, de esta manera tenemos que deben realizarse inspecciones en ascensores en comunidades:
- Cada cuatro años en el caso de los instalados en edificios de más de veinte viviendas, o con más de cuatro plantas servidas.
- Cada seis años en el resto de los casos.
Revisión de ascensores
A diferencia de una inspección, la revisión de ascensores son aquellas visitas periódicas programadas, en que la empresa de mantenimiento lleva a cabo una serie de trabajos con el objeto de mantener y conservar el buen funcionamiento del ascensor, evitar que se produzcan paradas inesperadas o averías de importancia, así como prolongar todo lo posible la vida útil de los elementos y componentes del ascensor.
En cierta manera, la inspección de ascensores efectuada por un organismo de control externo, viene a ser como comprobación, por parte de una entidad externa, de que los trabajos de mantenimiento y revisión efectuados por las empresas están siendo llevados de manera correcta.
A diferencia de las inspecciones técnicas, la revisión de ascensores es se efectúa en plazos mucho más cortos, por ejemplo, en viviendas unifamiliares, las visitas para efectuar los trabajos de conservación y mantenimiento tienen que tener una periodicidad mínima de cada cuatro meses, mientras que en el caso de los ascensores en comunidades de vecinos, esta periodicidad varía entre cada cuatro y cada seis semanas, en la gran mayoría de casos, en función de la antigüedad del ascensor o del número de plantas servidas principalmente.
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